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Ley Foral Vigente

Artículo 24. Tramitación.

Artículo 24 de la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola. · BOE-A-2006-2

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-15.

Texto consolidado

1. El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación tendrá la competencia para el reconocimiento de los diferentes niveles de protección.

2. Previamente a la resolución se someterá el expediente a información pública durante un mes.

3. El expediente será sometido a informe del organismo autónomo «Estación de Viticultura y Enología de Navarra».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-15.

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