Artículo 24.
Artículo 24 de la Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno. · BOE-A-1987-2492
Atención: Ley 9/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponderá al/a la director/a gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno la gestión ordinaria del Instituto. En concreto, le corresponderán las siguientes funciones:
1. La dirección del Instituto y de su personal de conformidad con lo acordado por su Consejo Rector.
2. La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.
3. La gestión ordinaria del Instituto.
4. La preparación del Plan Anual de Actividades, la Memoria Anual y el Anteproyecto de Presupuesto, así como su presentación ante el Consejo Rector para su aprobación.
5. Todas las demás que el Consejo Rector le encomiende.#dftercera.
Se modifica por la disposición final 3.5 del Decreto-ley 7/2012, de 19 de octubre. Ref. DOCV-r-2012-90045.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2013, de 21 de mayo, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat..