Artículo 24. Régimen de personal.
Artículo 24 de la Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León. · BOE-A-2019-805
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-16.
Texto consolidado
La Cámara tendrá a su servicio el personal técnico, administrativo y de servicio necesario para garantizar el buen funcionamiento de los servicios que preste o administre, al que será de aplicación la normativa laboral vigente.
Más artículos de Ley 8/2018
- ← Artículo 23. Secretaría general y dirección gerente de la Cámara provincial y local.
- → Artículo 25. Reglamentos de régimen interior y Código de Buenas Prácticas.
- Ver la norma completa: Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León.