Artículo 24. Modificación de actividad o datos registrales.
Artículo 24 de la Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-13916
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-07.
Texto consolidado
Los cambios de actividad, ampliaciones o cambios de especie, que supongan una modificación sustancial de las condiciones del núcleo zoológico, así como los cambios de titular, deberán ser comunicados a la autoridad competente del Registro de Núcleos, para su registro o autorización.