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Ley Vigente

Artículo 24. Potestad sancionadora y competencia.

Artículo 24 de la Ley 6/2017, de 5 de julio, de acceso al entorno de personas con discapacidad que precisan el acompañamiento de perros de asistencia. · BOE-A-2017-9487

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-15.

Texto consolidado

1. Corresponde, con carácter general, a la Consejería competente en materia de servicios sociales la potestad sancionadora de lo regulado por la presente Ley.

2. Reglamentariamente se determinarán los órganos competentes para la iniciación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-15.

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