El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 24. Adición del artículo 21 bis a la Ley 23/1998.

Artículo 24 de la Ley 5/2016, de 23 de diciembre, del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 y de modificación de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña. · BOE-A-2017-523

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Texto consolidado

Se añade un nuevo artículo, el 21 bis, a la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, con el siguiente texto:

«Artículo 21 bis. Criterios generales.

La estadística oficial debe responder a las necesidades de las instituciones, los centros de investigación, las empresas y el público en general. La difusión de las estadísticas se adecua a los siguientes principios:

a) Relevancia. Las estadísticas deben satisfacer las necesidades de los usuarios. Es necesario realizar controles periódicos y un seguimiento sistemático de su satisfacción. Debe prestarse un servicio de atención a los usuarios eficiente que permita satisfacer necesidades.

b) Precisión y fiabilidad. Las estadísticas deben reflejar la realidad de forma precisa y fiable. Deben hacerse públicos los cambios o errores detectados.

c) Oportunidad y puntualidad. Las estadísticas deben hacerse públicas de forma oportuna y puntual. El Instituto de Estadística de Cataluña debe hacer público el calendario anual de publicación de las actuaciones estadísticas y los cambios que se produzcan en ellas. El calendario anual debe hacerse público al inicio del año natural.

d) Coherencia y comparabilidad. Las estadísticas deben ser consistentes internamente y comparables durante un período de tiempo razonable.

e) Accesibilidad y claridad. Las estadísticas deben publicarse de forma clara y comprensible; deben difundirse de forma adecuada y conveniente; su disponibilidad y acceso deben ser imparciales y deben ir acompañados de metadatos y orientación de apoyo, y los microdatos que se soliciten deben ser facilitados siempre que estén disponibles. Los canales de difusión utilizados deben garantizar la accesibilidad y la usabilidad de los datos difundidos.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Más artículos de Ley 5/2016

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.