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Ley Vigente

Artículo 24. Medidas de apoyo al emprendimiento.

Artículo 24 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2014-9900

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-08.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Canarias pondrá en marcha líneas específicas de subvenciones y de financiación preferente para los emprendedores y emprendedoras que desarrollen actividades económicas en Canarias.

2. El Gobierno de Canarias promoverá la plena igualdad entre emprendedores y emprendedoras mediante el establecimiento de medidas que posibiliten la conciliación de la actividad empresarial con la vida familiar y personal.

3. Las medidas contempladas en la presente ley atenderán las especiales necesidades de los grupos con mayores dificultades para acceder al mercado laboral, para garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades, especialmente jóvenes -con particular atención a aquellos con déficit de formación-, parados de larga duración, mayores de cuarenta y cinco años y personas con discapacidad y en exclusión social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-08.

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