Artículo 24.
Artículo 24 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.
Texto consolidado
Se entiende por segregación para la creación de nuevos municipios la operación consistente en separar parte del término de uno o de varios municipios para constituir un nuevo e independiente municipio.