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Ley Vigente

Artículo 24. Responsables de las infracciones.

Artículo 24 de la Ley 4/2009, de 20 de octubre, de aprovechamientos de recursos pastables. · BOE-A-2009-17895

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-24.

Texto consolidado

1. Serán responsables de las infracciones las personas, tanto físicas como jurídicas, que hayan participado en los hechos, bien por acción o por omisión.

2. Cuando dos o más personas, físicas o jurídicas, hayan participado en la realización de acciones que supongan una infracción, estas responderán de forma solidaria, y la responsabilidad podrá ser exigida a cualquiera de ellas de forma indistinta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-24.

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