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Ley Vigente

Artículo 24. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas.

Artículo 24 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. · BOE-A-2005-21525

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Las retribuciones para el año 2006 de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de las que pudiera corresponderles por el concepto de antigüedad, se fijan en las siguientes cuantías:

Uno. Consejo General del Poder Judicial.

1. Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

29.617,00

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

109.677,12

Total

139.294,12

2. Vocal del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

29.617,00

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

89.097,60

Total

118.714,60

3. Secretario General del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

28.058,52

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

86.644,80

Total

114.703,32

Dos. Tribunal Constitucional.

1. Presidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

46.391,38

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

92.900,28

Total

139.291,66

2. Vicepresidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

46.391,38

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

85.070,52

Total

131.461,90

3. Presidente de Sección del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

46.391,38

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

79.070,76

Total

125.462,14

4. Magistrado del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

46.391,38

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

73.071,12

Total

119.462,50

5. Secretario General del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

36.211,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

64.874,88

Total

101.086,30

Tres. Tribunal de Cuentas.

1. Presidente del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

119.062,30

2. Presidente de Sección del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

119.062,30

3. Consejero de Cuentas del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

119.062,30

4. Secretario General del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

101.377,36

Cuatro. Retribuciones por el concepto de antigüedad.

Además de las cantidades derivadas de lo dispuesto en los párrafos anteriores dichos cargos percibirán, en su caso, las retribuciones fijadas en los Acuerdos aprobados por el propio Órgano en materia de adecuación por el concepto de antigüedad, y si hubieran tenido la condición previa de funcionarios públicos, con independencia de su situación de actividad, jubilación o retiro como funcionarios, tendrán derecho a seguir perfeccionando los trienios reconocidos bajo dicha condición según la normativa en cada caso aplicable y a percibir, en catorce mensualidades, la diferencia resultante por este concepto cuando la cuantía derivada de dicha normativa fuera superior a la aprobada en los referidos Acuerdos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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