Artículo 24. Concurrencia de responsabilidades.
Artículo 24 de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia. · BOE-A-2012-2266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-21.
Texto consolidado
1. La imposición de cualquier sanción prevista en esta Ley no excluye la responsabilidad civil y penal que pueda corresponder al sancionado.
2. Asimismo, no impedirá, en su caso, la exigencia de responsabilidad de carácter disciplinario deportivo, cuando afecte a personas integradas en la Federación de Colombicultura o Colombofilia de la Región de Murcia y, en su caso en la Federación Española respectiva, con arreglo a sus respectivos Reglamentos de Disciplina Deportiva.