Artículo 24. Acreditación de la calidad.
Artículo 24 de la Ley 3/2007, de 1 de marzo, de Calidad de los Servicios Sociales. · BOE-A-2007-6610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de Servicios Sociales podrá subvencionar la implantación de sistemas de acreditación de la calidad por parte de entidades locales, instituciones sin fin de lucro y entidades privadas que actúen en el ámbito de los Servicios Sociales.