Artículo 24.
Artículo 24 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias. · BOE-A-1986-6539
Atención: Ley 3/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los Cuerpos de Administración General serán los siguientes:
a) Superior de Administradores.
b) De gestión.
c) Administrativos.
d) Auxiliares.
e) Subalternos.
2. Para el acceso a plazas de los Cuerpos de Administración General se precisará estar en posesión de las siguientes titulaciones:
a) Superior de Administradores: Título Superior Universitario.
b) De Gestión: Diplomado Universitario o equivalente.
c) Administrativos: Bachiller Superior o equivalente.
d) Auxiliares: Graduado Escolar o equivalente.
e) Subalternos: Certificado de escolaridad.