Artículo 24. Calificación de entidad valenciana socialmente responsable.
Artículo 24 de la Ley 18/2018, de 13 de julio, para el fomento de la responsabilidad social. · BOE-A-2018-12517
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-05.
Texto consolidado
1. La conselleria competente para otorgar la calificación de entidad valenciana socialmente responsable será la conselleria que tenga atribuidas las competencias en materia de economía, pudiendo crearse, asimismo, un sello o distintivo que acredite a una entidad como entidad valenciana socialmente responsable.
2. El procedimiento para obtener la calificación de entidad valenciana socialmente responsable se iniciará a instancia de parte. Reglamentariamente se regularán los requisitos para otorgarla y todo lo referente a la revocación y homologación de la calificación otorgada por otra comunidad autónoma, por la administración general del Estado o por otros estados u organizaciones internacionales.
3. Asimismo, se preverá reglamentariamente un procedimiento simplificado para otorgar la calificación de entidad valenciana socialmente responsable a todas aquellas con domicilio en la Comunitat Valenciana que ya cuenten con una memoria de responsabilidad social elaborada con arreglo a cualquiera de los modelos nacionales e internacionales existentes y oportunamente verificada.