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Ley Derogada

Artículo. 24.

Artículo 24 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. · BOE-A-1990-19959

Atención: Ley 16/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se crea la Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General para que, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, determine la atribución y traspaso de competencias y servicios, y valore la dotación económica correspondiente de los mismos. En el análisis de las valoraciones de los servicios traspasados se deberán tener en cuenta tanto los costos directos e indirectos como los de inversión que correspondan.

2. Esta Comisión está formada por cinco representantes del Consejo General y cinco representantes del Gobierno de la Generalidad, entre los cuales está el Consejero de Gobernación, que presidirá y convocará las sesiones, las cuales deberán celebrarse al menos dos veces al año.

3. La Comisión elaborará propuestas de convenios y acuerdos de cooperación con respecto a los servicios no traspasados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-23.

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