Artículo 24. Ayuntamientos.
Artículo 24 de la Ley 11/2019, de 8 de marzo, de voluntariado de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5580
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.
Texto consolidado
Los ayuntamientos impulsarán y colaborarán en las actividades de las entidades de voluntariado que actúen en su ámbito territorial y articularán mecanismos de participación de estas en la vida municipal, como pueden ser los planes municipales de voluntariado.