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Ley Vigente

Artículo 24. Información relativa a ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.

Artículo 24 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-8187

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-22.

Texto consolidado

La administración de la Generalitat tiene que difundir, garantizando a la ciudadanía su consulta, la información siguiente:

a) Información relativa a los instrumentos de ordenación del territorio y los planes urbanísticos. Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sectorial, esta información tiene que incluir, como mínimo, lo siguiente:

1.º La estructura general de cada municipio.

2.º La clasificación y calificación del suelo.

3.º El texto completo y la planimetría de los instrumentos de ordenación del territorio.

4.º Las modificaciones y revisiones aprobadas.

5.º Las infraestructuras planeadas para cada localidad.

6.º Los convenios urbanísticos que se subscriban, con indicación de los terrenos afectados, las personas titulares, el objeto del convenio y las contraprestaciones que se establezcan.

b) La información medioambiental que tiene que hacerse pública de acuerdo con la normativa vigente. Se tiene que incluir información sobre calidad de las aguas y del aire, sobre emisiones de gases invernadero y el grado de cumplimiento de los compromisos públicos adquiridos sobre su reducción y sobre la recuperación de las zonas que hayan sufrido incendios forestales o cualquier otro tipo de catástrofe medioambiental, así como las resoluciones de derecho de acceso a la información medioambiental, para lo cual hay que poder usar adicionalmente el Portal de Transparencia de la Generalitat.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-22.

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