Artículo 24. Formación.
Artículo 24 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.
Texto consolidado
La Administración regional, en el marco de la normativa básica del Estado, fomentará la incorporación a ciclos formativos de formación profesional reglada de enseñanzas en las siguientes materias:
a) Instalación y mantenimiento de equipos generadores en edificios procedentes de fuentes renovables.
b) Diseño de instalaciones para edificios bioclimáticos.