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Ley Vigente

Artículo 24.

Artículo 24 de la Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón. · BOE-A-1991-3403

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-19.

Texto consolidado

1. Las Cajas de Ahorros comunicarán a la Diputación General, a través del Departamento de Economía, el cierre y apertura de oficinas.

2. También comunicarán la relación de empresas y sociedades en las que la Caja de Ahorros participe, al menos, en un 3 por 100 del capital social de la Entidad y porcentaje con que lo haga, préstamos a ellas concedidos y situación en que se encuentran los mismos, y datos personales de los representantes que en cada momento mantenga la Entidad en dichas empresas y sociedades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-01-19.

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