El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Derogada

Artículo 24. Retribuciones variables por objetivos o resultados vinculados a la gestión de los fondos.

Artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-9286

Atención: Decreto-ley 3/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma o de las entidades instrumentales que realice funciones en el ámbito de la planificación, la programación, la gestión, la coordinación, el seguimiento, el control, la evaluación o ejecución de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU puede percibir, con carácter excepcional, retribuciones variables vinculadas con el grado de cumplimiento de los objetivos o resultados de los proyectos correspondientes, de acuerdo con los parámetros de cumplimiento que se establezcan en estos proyectos.

2. Mediante un acuerdo del Consell de Govern, con el informe previo de la Comisión Interdepartamental de Retribuciones y, si procede, con negociación colectiva previa, deben establecerse los criterios generales para la distribución y la aplicación de las retribuciones variables por objetivos o resultados a que se refiere el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Más artículos de Decreto-ley 3/2021

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 3/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.