Artículo 24. Fuentes y exigibilidad de las obligaciones.
Artículo 24 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.
Texto consolidado
1. Las obligaciones económicas de la Hacienda de la Comunidad Autónoma nacen de la ley, de los negocios jurídicos y de los actos o hechos que, según derecho, las generen.
2. El pago de las obligaciones sólo será exigible a la Hacienda de la Comunidad Autónoma, cuando resulte de la ejecución de su presupuesto, de sentencia judicial firme o de operaciones de tesorería legalmente autorizadas.
3. Si estas obligaciones tienen por causa prestaciones o servicios a la Comunidad Autónoma el pago no podrá realizarse hasta que la persona acreedora no haya cumplido o garantizado su correlativa obligación.
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