Artículo 239. Hecho imponible.
Artículo 239 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-30.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa, de oficio o a instancia de parte:
1. La acreditación del cumplimiento de las normas BPL por parte de los laboratorios o empresas de servicios.
2. La verificación de estudios bajo normas BPL.