Artículo 235. Modificación de la Ley 16/2015 en relación con el portal electrónico único para las empresas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-31.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 2 del artículo 16 de la Ley 16/2015, que queda redactado del siguiente modo:
«2. Las administraciones tienen la obligación de incluir en el portal electrónico único la información sobre los textos normativos, los regímenes de intervención administrativa y los requisitos necesarios para habilitar para cada una de las actividades económicas, así como los modelos de formularios relativos a los trámites gestionados por la ventanilla única empresarial.»
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- Ver la norma completa: Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.