Artículo 234. Comisiones electorales de Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios.
Artículo 234 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las Comisiones Electorales de Facultades y Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación, nombradas para cuatro años por la Junta de Facultad o Escuela estarán presididas por el Secretario del Centro e integradas por un representante de cada cuerpo electoral.
2. Las Comisiones Electorales de Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación actuarán en primera instancia en los procesos electorales que se celebren en el centro y, en su caso, en los de representantes estudiantiles que tengan lugar en el mismo.