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Real Decreto Vigente

Artículo 231. Dirección, composición y funcionamiento del CPRI.

Artículo 231 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Texto consolidado

1. La persona titular de la Dirección del CPRI, será nombrada por el Rector o Rectora, oído el Consejo de Gobierno, de acuerdo con los requisitos establecidos por la legislación vigente.

2. La composición y el régimen de funcionamiento del CPRI serán determinados reglamentariamente.

3. El CPRI contará con los miembros de la vocalía necesarios para su correcto funcionamiento. Serán nombrados por el Rector o Rectora, oído el Consejo de Gobierno, entre los miembros del personal permanente de la UNED, por un período de dos años, que podrá ser renovado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

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