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Ley Vigente

Artículo 231. Solicitud para la declaración de área de regularización urbanística.

Artículo 231 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. · BOE-A-2006-9008

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-04.

Texto consolidado

1. Los propietarios, de más del 50 por 100 del suelo que se pretende regularizar, podrán solicitar al Ayuntamiento o a la Comunidad Autónoma la tramitación del expediente para la declaración de área de regularización urbanística.

2. La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que prueben la propiedad de los terrenos y de una memoria razonada acerca de la viabilidad de la regularización del área, en función del cumplimiento efectivo de los requisitos exigidos en esta Ley.

3. La documentación necesaria que debe acompañar la solicitud será al menos la siguiente:

a) Plano o planos a escala adecuada, con expresión exacta del área que se pretende delimitar, de los predios existentes y del estado de su propiedad, las características de la edificación, los usos del suelo y la relación con las infraestructuras territoriales existentes.

b) Memoria informativa del estado de la parcelación, con la justificación específica de la oportu­nidad de la solicitud.

c) Análisis del impacto territorial de la urbanización, con la valoración de su incidencia y las medidas correctoras, en su caso, necesarias.

d) Compromiso escrito de los propietarios de prestar el aval o garantía que en su caso se establezca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-04.

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