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Ley Derogada

Artículo 230. Revisión de oficio de licencias u órdenes de ejecución.

Artículo 230 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana. · BOE-A-2006-2975

Atención: Ley 16/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las licencias y órdenes de ejecución en las que concurra un supuesto de nulidad de pleno derecho podrán ser revisadas de oficio o como consecuencia de la estimación de los recursos administrativos previstos en Derecho, por la Administración municipal en los términos establecidos la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. En el supuesto de actos anulables, la Administración municipal deberá proceder a la previa declaración de lesividad del acto, en los términos establecidos en la citada Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-01.

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