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Ley Foral Vigente

Artículo 23. Dirección del Sistema Archivístico de la Administración de la Comunidad Foral.

Artículo 23 de la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos. · BOE-A-2007-9611

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-19.

Texto consolidado

El Departamento competente en materia de archivos dirige el Sistema Archivístico de la Administración de la Comunidad Foral y desarrolla las siguientes funciones:

a) Definir y coordinar la implantación del sistema de gestión documental del Gobierno de Navarra y supervisar su funcionamiento.

b) Elaborar la normativa que regule las técnicas de organización, tratamiento, acceso y conservación en cualquier fase del ciclo vital de los documentos.

c) Supervisar y asesorar sobre implantación de técnicas archivísticas a lo largo de todo el ciclo vital de los documentos.

d) Desarrollar programas y actividades de conservación y restauración de documentos integrantes del patrimonio documental de la Administración de la Comunidad Foral.

e) Difundir el patrimonio documental de la Administración de la Comunidad Foral.

f) Incentivar y desarrollar programas de formación profesional en técnicas archivísticas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-19.

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