Artículo 23. Voluntariado social.
Artículo 23 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. · BOE-A-2017-657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-18.
Texto consolidado
1. El régimen jurídico y las actividades de fomento y participación a través de la acción voluntaria organizada en materia de servicios sociales se atendrán a lo dispuesto en la normativa vigente.
2. Las Administraciones Públicas competentes fomentarán y apoyarán la colaboración del voluntariado en las actividades reguladas en la presente ley.