Artículo 23. Hecho imponible.
Artículo 23 de la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares. · BOE-A-2011-8222
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-11.
Texto consolidado
Constituyen el hecho imponible de esta tasa las actuaciones que, en el ejercicio de sus funciones notariales, sean realizadas por las Oficinas Consulares, ya consistan éstas en las relacionadas con el ejercicio de la fe pública en los contratos, testamentos y demás actos jurídicos que autoricen; en la redacción de las escrituras y actas matrices; en la expedición de copias y testimonios; en las legalizaciones o legitimaciones de firmas; o en cualquier otra que la legislación les atribuya en este ámbito.