Artículo 23. Competencia para la imposición de las sanciones.
Artículo 23 de la Ley 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2001-17845
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-30.
Texto consolidado
Son órganos competentes para la imposición de las sanciones:
Para las leves el Director general competente por razón de la materia.
Para las graves el Consejero competente por razón de la materia.
Para las muy graves el Consejo de Gobierno.