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Ley Vigente

Artículo 23. Órgano competente para la autorización.

Artículo 23 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

Texto consolidado

La emisión de la autorización de las personas jurídicas que soliciten operar como entidades colaboradoras de la Administración regional se realizará mediante resolución de la consejería competente por razón de la materia, en función del ámbito de actuación donde vayan a desarrollar sus funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

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