Artículo 23.
Artículo 23 de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-1776
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-03.
Texto consolidado
Las directrices de regulación, protección y usos del espacio rural contendrán, entre otras, las siguientes determinaciones:
a) Fines y objetivos de su formulación.
b) Regulación de los usos y actividades que se permiten en el espacio rural, distinguiendo sus diversas categorías.
c) Delimitación de las zonas que deben ser objeto de especial protección.
d) Delimitación de las áreas que deben ser protegidas por los valores agropecuarios o forestales que en ellas confluyen, determinando las unidades mínimas de cultivo.
e) Criterios generales para la definición de núcleo de población rural.