Artículo 23. Recursos.
Artículo 23 de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.
Texto consolidado
1. Contra las resoluciones administrativas de concesión, denegación, modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación de Renta Básica de Inserción se podrán interponer cuantos recursos administrativos y jurisdiccionales se contemplan en la legislación vigente.
2. Los interesados podrán, a tenor de lo establecido en el artículo 112.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, formular alegaciones y aportar documentos y justificantes en el plazo de los quince días siguientes a la puesta de manifiesto, en su caso, del expediente administrativo.