El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 23. Participantes en las sociedades.

Artículo 23 de la Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia. · BOE-A-2025-237

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-12.

Texto consolidado

1. La participación de la Administración general de la Comunidad Autónoma o de sus entes instrumentales, o de los vehículos de inversión gestionados por sus entidades instrumentales, en las sociedades contempladas en este capítulo o en aquellas en que estas participen procurará garantizar que su actividad sea conforme a lo dispuesto en la presente ley.

2. La Administración general de la Comunidad Autónoma o sus entes instrumentales promoverán que estas sociedades cuenten en su capital social con entidades públicas y/o privadas representativas del tejido socioeconómico, de manera que participen de forma efectiva en el diseño, gestión y explotación de los proyectos que les afecten.

3. Asimismo, se procurará facilitar las inversiones en el capital de las sociedades vehiculares promovidas por las sociedades participadas de personas jurídicas y físicas que sean pequeños inversores de las comunidades locales en las zonas de influencia de los proyectos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-12.

Más artículos de Ley 2/2024

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.