Artículo 23. Colecciones históricas de centros docentes.
Artículo 23 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
Las colecciones históricas depositadas en centros docentes tendrán la consideración de colecciones museográficas y se regirán por lo dispuesto en la presente ley.