Artículo 23. Gerente comarcal.
Artículo 23 de la Ley 16/2001, de 29 de octubre, de Creación de la Comarca de Valdejalón. · BOE-A-2001-21720
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-06.
Texto consolidado
Si las necesidades funcionales de la Comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado "Gerente", al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.