Artículo 23. Medidas en el ámbito del transporte.
Artículo 23 de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. · BOE-A-2011-15727
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-23.
Texto consolidado
En los servicios de ferrocarril que son de competencia del Gobierno Vasco, así como en las líneas regulares de transporte de competencia de las administraciones forales y municipales, se procurará el establecimiento de un régimen singular de tarifas reguladas y de precios autorizados, en beneficio de las familias numerosas y de las que se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad.