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Ley Vigente

Artículo 23. Convenios de colaboración.

Artículo 23 de la Ley 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias. · BOE-A-2003-11271

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-26.

Texto consolidado

El Gobierno de Canarias promoverá la interacción entre la Educación de Personas Adultas y las universidades estableciendo convenios de colaboración para:

a) Orientar y ayudar en los planes de formación inicial y de perfeccionamiento del profesorado.

b) Impulsar la investigación y la profundización teórica.

c) Elaborar estudios sociológicos que prevean la evolución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-26.

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