Artículo 23. Gerente comarcal.
Artículo 23 de la Ley 12/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp. · BOE-A-2003-8226
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado «Gerente», al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.