Artículo 23. Concepto de formación juvenil.
Artículo 23 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León. · BOE-A-2002-15544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-19.
Texto consolidado
Se considera formación juvenil, la educación no formal cuyos contenidos, metodologías y actuaciones se centran en las líneas de promoción juvenil descritas en esta Ley, que sirven de apoyo a la educación formal de los jóvenes castellanos y leoneses.