Artículo 23. Acceso a la cultura, ocio y al deporte.
Artículo 23 de la Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2023-9958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-15.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de las víctimas del terrorismo, y de las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima, a las actividades culturales y de ocio que organice directamente la Administración autonómica.
2. Además, el Gobierno de Cantabria establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de esas personas a las actividades deportivas que organice directamente la Administración autonómica, así como a las instalaciones deportivas y de ocio dependientes de la comunidad.
3. El Gobierno de Cantabria promoverá que las entidades locales realicen programas para facilitar el acceso a las bonificaciones que están previstas en los apartados anteriores.