El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 23. Dimensión social de la cultura como bien cultural básico.

Artículo 23 de la Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias. · BOE-A-2023-12083

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.

Texto consolidado

1. En aras a garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente ley, los recursos presupuestarios destinados a las actividades y servicios culturales, así como al desarrollo de la función cultural por parte del Gobierno de Canarias, no serán inferiores al 2% del presupuesto general de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos y con el tracto temporal que se expone en la disposición transitoria única.

2. Asimismo, los cabildos insulares y los ayuntamientos, en el marco de sus competencias y de su autonomía presupuestaria y financiera, tenderán progresivamente a asignar a la función, actividades y servicios culturales los recursos presupuestarios suficientes.

3. Las administraciones públicas de Canarias y los demás organismos y entes del sector público integrados en el sistema público de cultura de Canarias, en el caso de que se produzcan situaciones excepcionales catastróficas, sanitarias, de crisis económica o de otra naturaleza análoga, estimularán las múltiples virtualidades positivas de lo cultural para ayudar, acercar y comunicar a las personas afectadas.

Asimismo, adoptarán las medidas adecuadas para evitar que las situaciones descritas, tanto durante como una vez hayan finalizado, deriven en daños irreparables o en la imposible recuperación de los bienes, servicios, actividades y empresas culturales y creativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-14.

Más artículos de Ley 1/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.