El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 23. Carácter, finalidad y estructura:

Artículo 23 de la Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón. · BOE-A-2007-11531

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-06.

Texto consolidado

1. En el Departamento competente en materia de ferias, existirá un Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón. El Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón se configura como un Registro de carácter público y naturaleza administrativa, en el que deberán inscribirse las personas jurídicas que organicen actividades feriales oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón así como las actividades oficiales o actividades oficiales de interés preferente calificadas como tales, según lo establecido en los artículos 5 y 8 de la presente Ley.

2. El Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón tiene como finalidad:

a) Disponer de un censo actualizado sobre las entidades organizadoras de actividades feriales de carácter oficial o de interés preferente, así como de las propias actividades feriales mencionadas, con fines estadísticos así como de dar la publicidad precisa a efectos de la protección y defensa de los consumidores.

b) Disponer de la información básica sobre la actividad ferial y su distribución territorial necesaria para el ejercicio de las competencias atribuidas a las Administraciones Públicas.

3. Estructura:

a) El Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón estará compuesto por el Libro General de Entidades Organizadoras y el Libro General de Actividades Feriales de Aragón.

b) En el Libro General de Entidades Organizadoras se inscribirán las instituciones feriales y sus estatutos y las modificaciones de éstos, así como las demás entidades organizadoras de actividades feriales oficiales.

c) En el Libro General de Actividades Feriales se inscribirán, con carácter general, las ferias y exposiciones oficiales clasificadas con arreglo a lo dispuesto en la presente Ley.

Se modifica por el art. 6.12 del Decreto-ley 1/2010, de 27 de abril. Ref. BOA-d-2010-90041.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-06.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-90041.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 1/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.