Artículo 23.1-3. Exenciones.
Artículo 23.1-3 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-28.
Texto consolidado
Están exentas de pagar esta tasa las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.