Artículo 227. Control interno y auditoría externa.
Artículo 227 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Universidad de Valladolid, en el marco de las previsiones establecidas en la legislación autonómica de hacienda, asegurará el control interno de sus gastos e ingresos de acuerdo con los principios de legalidad, eficacia y eficiencia. Será realizada por una unidad administrativa que empleará técnicas de auditoría y, en su caso, de intervención selectiva.
2. Se realizará anualmente una auditoría financiera externa y, al menos, cada ocho años una auditoría general de control de la gestión, de los ingresos y del gasto. Los resultados de dicha auditoría se comunicarán al Claustro Universitario, al Consejo Social y al Consejo de Gobierno y se harán públicos en cumplimiento de las normas de transparencia y rendición de cuentas.
3. Además de las auditorías previstas en el apartado anterior, el Claustro, por mayoría absoluta de sus miembros, y a petición del Rector o de un tercio de los claustrales, podrá acordar la realización de una auditoría general sobre un determinado período de tiempo.