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Decreto Vigente

Artículo 226.

Artículo 226 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. · BOE-A-1962-6167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

Texto consolidado

A los montes de las Entidades públicas que no se hallen catalogados se aplicarán las normas de disfrute contenidas en este Reglamento para los montes de particulares, correspondiendo a los montes protectores las establecidas en el artículo 206.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

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