Artículo 224. Potestad disciplinaria.
Artículo 224 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
La competencia para el ejercicio de la responsabilidad disciplinaria corresponde al Rector o Rectora, de conformidad con la normativa general vigente.