Artículo 222. Elaboración y aprobación del presupuesto.
Artículo 222 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El procedimiento de elaboración y aprobación del presupuesto será el siguiente:
a) El Gerente elaborará un anteproyecto de presupuesto, de acuerdo con los criterios que se señalen por el Consejo de Gobierno. A tal fin, deberá contar con la información remitida en tiempo y forma por las Facultades, Escuelas, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, servicios y demás Centros sobre sus necesidades.
b) El Rector someterá el anteproyecto para su aprobación al Consejo de Gobierno.
c) El proyecto de presupuestos aprobado por el Consejo de Gobierno se remitirá al Consejo Social para su conocimiento y aprobación.
d) En el caso de que el presupuesto no fuese aprobado antes del comienzo del ejercicio económico, se entenderá prorrogado el presupuesto del año anterior.