Artículo 22. Entidad responsable de la liquidación de la energía de subasta.
Artículo 22 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica. · BOE-A-2020-13591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-05.
Texto consolidado
El operador del mercado realizará la liquidación de la energía de subasta negociada en los mercados diario e intradiario.
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